Mi Otro Blog

Mi otro Blog

jueves, septiembre 15, 2011

¿De que Origen es la Miel?

UPDATE 16/09: Mirar los comentarios que deja David.
----------------------------------
Sigo tratando de entender en que categoría cae mi miel, que como he dicho, no contiene polen ni de Soya ni de Brassica (canola o raps) pero si sale positiva a esos vegetales genéticamente modificados en los análisis de PCR-Rt que ha hecho la Universidad Santa María (1).

Estoy menos confundido que el perro, pero me siento como la tigresa.

Y volví a leer el fallo del Tribunal Europeo y reparé en este párrafo:

13 El décimo sexto considerando dispone:

El presente Reglamento debe aplicarse a los alimentos y los piensos producidos “a partir de” un OMG, pero no a los alimentos y los piensos “con” un OMG. El criterio determinante es si en el alimento o el pienso está presente algún material derivado del material de partida modificado genéticamente. Los auxiliares tecnológicos utilizados únicamente durante el proceso de producción del alimento o el pienso no entran en la definición de alimento o pienso y, por lo tanto, tampoco en el ámbito de aplicación del presente Reglamento. Tampoco entran en el ámbito de aplicación del presente Reglamento los alimentos y los piensos que se han fabricado con ayuda de un auxiliar tecnológico modificado genéticamente. Así, los productos obtenidos a partir de animales alimentados con piensos modificados genéticamente o tratados con productos veterinarios modificados genéticamente no estarán sujetos ni a los requisitos de autorización ni a los requisitos de etiquetado establecidos en el presente Reglamento.

Y me dije, bien, mi miel no está sujeta a este Reglamento 1829/2003 porque es de origen animal, entendiendo que un insecto está más cerca de ser un animal que un vegetal, y entendiendo que la miel la producen las abejas.

Luego pregunté si esta interpretación era válida a un par de personajes de la industria. Todos concordaron en que no, que la miel no proviene de un animal sino que proviene de un vegetal.


Antonio Gomez Pajuelo lo expresa así:


Quizás no me he expresado bien. Mi opinión sobre lo que se debe autorizar no es relevante, la opinión del TJUE es que si una miel [tiene] algún componente de un OGM (polen, proteínas...) deben ser de una planta GM autorizada para alimentación humana, si no la miel no puede comercializarse; y si esta planta está en un % superior al 0,9 % debe indicarse en su etiquetado que proviene de OGM, si no llega [a ese porcentaje] no hace falta indicarlo en el etiquetado.

Respecto a lo que señalas en amarillo la miel no es un producto obtenido a partir de un animal, como sería la carne, huevos, leche... a efectos legales en la UE es considerada como de origen vegetal, hay antecedentes judiciales por un tema de exenciones fiscales o cobro de ayudas de hace algún tiempo ...


Y quedamos en foja cero ... pero no tanto.

1.- Despejamos que no se podía por está vía de tratar a la contaminación como una cruza por el pienso que le dí al animal colmena.
2.- Tanto la Soya (de la harina argentina) como el polen de Brassica (colectado por mi en las inmediaciones de Gorbea) que incluía la receta del Panapi (pero que no aparece en la miel) están autorizadas para el consumo humano en Europa
3.- El porcentaje de polen de esas especies es 0% en mi miel.

Concluyo entonces que nuevamente represento un caso difícil de analizar y que dependerá de la voluntad del comprador más que de las características intrínsecas del producto.

---------------------------------- NOTA
(1) Para el que este interesado en hacer análisis contactar a:

Dr. Hugo Peña-Cortés

Centro de Biotecnología “D. Alkalay L.”

General Bari 699, Cerro Placeres

Centro de Innovación Tecnológica

UTFSM

Valparaíso-Chile

Tel.: +56322654730

Fax: +56322654836

hugo.pena@usm.cl

2 comentarios:

P.David Quesada dijo...

Sobre si las colmenas/abejas son animales/ganado y la miel es producto de origen vegetal o animal, la Ley de Sanidad Animal, Ley 8/2003, de 24 de abril, (España)establece algunas definiciones al respecto, de las cuales se desprendería, que LA MIEL NO ES PRODUCTO DE ORIGEN ANIMAL, pero sí un alimento; que LAS ABEJAS (COLMENAS) SON ANIMALES DE PRODUCCIÓN. El colmenar también es considerado una EXPLOTACIÓN ANIMAL.

Definiciones que aparecen en la Ley:

PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL: toda parte del animal, en estado natural o transformado, destinada a consumo humano o animal, o a usos técnicos o industriales. Se entenderán incluidos los óvulos, semen o embriones, los derivados o subproducotos de origen animal, los huevos embrionados, los trofeos de animales o de origen animal, las excreciones y los cadáveres animales.

ANIMALES DE PRODUCCIÓN: los animales de produción, reproducción, cebo o sacrificio, incluidos los animales de peletería o de actividades cinegéticas, mantenidos, cebados o criados PARA LA PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS o productos de origen animal para cualquier uso industrial u otro fin comercial o lucrativo.

P. David Quesada

P.David Quesada dijo...

Después de comentar lo anterior seguí buscando y consultando y la normativa europea en materia de alimentos, actualmente, establece con claridad meridiana que la miel es un producto de origen animal:

En el Reglamento (CE) nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal (que es de directa aplicación en toda la U.E. y no necesita transposición a las legislaciones nacionales, vamos que se aplica en España y en todos los demás países), en las definciones del ANEXO I (Más concreto punto 8 (otras definiciones) señala: "Productos de origen animal": los alimentos de origen animal, incluidas la miel y la sangre.
Ver L 226/34 ES. 25.6.2004